El Salario Mínimo Interprofesional (en adelante, SMI) es la cuantía retributiva mínima que debe recibir un trabajador por su jornada legal de trabajo, con independencia de la modalidad de contrato que tenga firmado con la empresa, estando siempre referido a la jornada completa que se establezca en Convenio y, en su defecto, a la jornada máxima legal de 40 horas semanales pactada en el Estatuto de los Trabajadores.
Aprobación del SMI en 2023
Se ha publicado en el BOE el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se eleva la cuantía del SMI hasta los 1.080,00 euros brutos mensuales en 14 pagas o 1.260,00 € mensuales en 12 pagas, para un total de 15.120,00 euros brutos anuales.
El salario queda fijado en 36,00 euros/día o 1080,00 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses y se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. En el supuesto de que se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.
Con esta nueva cuantía, el SMI supone un incremento del 8% y supone un incremento del 47% en los últimos cinco años.
Esta subida se aplica con carácter retroactivo al 1 de enero de 2023.
Salario Mínimo Interprofesional en servicios del hogar familiar
Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, los trabajadores del hogar cotizan por desempleo y su salario no puede ser inferior al SMI vigente.
En el caso de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, se fija el salario mínimo de las empleadas y empleados del hogar que trabajen por horas, en 8,45 euros por hora efectivamente trabajada.
Evolución en España del SMI en los últimos años
Año | SMI | €/día | % |
2023 | 1.080,00 € | 36,00 € | ↑ (8%) |
2022 | 1.000,00 € | 33,33 € | ↑ (3,63%) |
2021 (a partir de septiembre) | 965,00 € | 32,16 € | ↑ (1,58%) |
2021 (de enero a agosto) | 950,00 € | 31,66 € | = (0%) |
2020 | 950,00 € | 31,66 € | ↑ (5,5%) |
2019 | 900,00 € | 30,00 € | ↑ (22,3%) |
2018 | 735,90 € | 24,53 € | ↑ (3,98%) |
2017 | 707,60 € | 23,59 € | ↑ (8,21%) |
2016 | 655,20 € | 21,80 € | ↑ (1,02%) |
2015 | 648,60 € | 21,60 € | ↑ (0,51%) |
2014 | 645,30 € | 21,51 € | = (0%) |
Con este aumento salarial, que se determina para las personas trabajadoras fijas y eventuales, así como para las empleadas y empleados del hogar, se progresa para conseguir una remuneración equitativa y suficiente en la línea con lo establecido por el Comité Europeo de Derechos Sociales.