El próximo 11 de abril arranca la campaña de Renta 2022, por lo que conviene tener presente cuales son los plazos y fechas más relevantes, cómo se puede obtener, modificar y presentar el borrador de declaración y las formas y vías de presentación de la declaración.

Plazos y fechas importantes

La campaña se inicia el martes 11 de abril y termina el viernes 30 de junio de 2023.

En el caso que se domicilie el pago, la declaración debe presentarse hasta el 27 de junio de 2023.

  • 3 de mayo. Inicio de solicitud de cita previa para atención telefónica.
  • 5 de mayo. Inicio de asistencia para la confección y presentación telefónica.
  • 25 de mayo. Inicio de solicitud de cita previa para atención presencial.
  • 1 de junio. Inicio de asistencia para la confección y presentación en las oficinas de la AEAT.
  • 29 de junio. Fin de solicitud de cita previa.

Para las devoluciones solicitadas al presentar la declaración, la Administración tiene un plazo de seis meses desde el 30 de junio de 2023 para realizarlas. Transcurrido ese plazo (31 de diciembre de 2023), se computan intereses de demora a favor del contribuyente.

Borrador de declaración

Se podrá obtener a través del servicio Renta Web en la página web de la AEAT.

Para utilizar los servicios de la sede electrónica de la AEAT, se podrá utilizar el denominado número de referencia, consignando el NIF, la fecha de expedición o de caducidad del DNI y el importe de la casilla 505 de la declaración del IRPF 2021 (“Base liquidable general sometida a gravamen”).

Si el contribuyente no presentó la declaración del IRPF del 2021, podrá obtener su número de referencia aportando  en la sede electrónica de la AEAT un IBAN en el que sea titular a 31 de diciembre de 2022.

También se podrán seguir utilizando los servicios en la campaña del IRPF 2023 con certificado electrónico, sistema Cl@ve PIN y mediante el teléfono móvil.

Presentación de las declaraciones

Cómo en años anteriores, las declaraciones se podrán presentar confirmando o modificando el borrador de declaración, a través de internet por la sede electrónica de la AEAT, por teléfono, en la oficina de la AEAT con petición de cita y en otras oficinas habilitadas por Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.

Desde el 2018 ya no se puede presentar la declaración en papel. En su caso, sólo podrá imprimirse para su ingreso en un banco la carta de pago.

Servicios de la AEAT

Cita previa para renta
    • Atención presencial en oficinas: este servicio permite la obtención del lugar, día y hora para confeccionar la declaración del IRPF en las oficinas y puede solicitarse a través de:
    • Teléfono 901 22 33 44 ó 91 553 00 71.
    • Internet en la dirección “ http://sede.agenciatributaria.gob.es 
    • App “Agencia Tributaria».
Confección de declaraciones por teléfono: Plan «Le llamamos»

Se podrá concertar cita por alguna de las siguientes vías:

  • Teléfono 901 22 33 44 ó 91 553 00 71 –atención personalizada.
  • Teléfono 901 12 12 24 ó 91 535 73 26 –automático–.
  • Internet en la dirección http://sede.agenciatributaria.gob.es
  • App “Agencia Tributaria».
App «Agencia Tributaria» 

Desde un dispositivo móvil se dispondrá de un acceso directo a diversos trámites y a la aplicación Renta Web para generar y presentar su declaración de Renta 2022.

Renta web

En el portal de la Agencia Tributaria, se podrá acceder a «Renta 2022» para consultar información, datos fiscales, borrador de declaración y presentación electrónica de la declaración.

Para acceder a este servicio se necesita certificado electrónico o DNI electrónico, Cl@ve PIN o el número de referencia que el contribuyente previamente tendrá que solicitar en el Servicio RENØ o bien obtenerlo a través de la aplicación móvil (app) de la Agencia Tributaria.

Pago

Si el resultado es a ingresar, se puede domiciliar el pago al presentar la declaración por internet, también se puede pagar de inmediato con un NCR o, bien, imprimiendo una carta de pago o documento de ingreso para pagarlo en el banco.

Aplazamiento-fraccionamiento

Como en otras campañas, el pago se puede fraccionar, sin intereses ni recargos, haciendo dos pagos, el primero del 60% del importe al presentar la declaración y el segundo del 40% que si también se domicilia se pagará el 6 de noviembre de 2023.

También se puede fraccionar hasta un máximo de 12 pagos mensuales, con intereses.