Al cerrar las cuentas anuales del ejercicio anterior y calcular el Impuesto sobre Sociedades, verifica si más del 50% del activo está compuesto por valores o activos no afectos y si eso obliga a tributar como sociedad patrimonial.

¿Qué es una sociedad patrimonial?

Una sociedad patrimonial es aquélla en la que más de la mitad del activo está constituido por elementos no afectos a una actividad económica.

Si es el caso, tu empresa puede verse perjudicada, ya que perderá ventajas fiscales importantes:

  • No podrá disfrutar de los incentivos de las empresas de reducida dimensión (por ejemplo, amortización acelerada, reserva de nivelación, etc.).
  • Si se ha constituido recientemente, en el primer ejercicio con beneficios y el siguiente (o los tres siguientes si se trata de una start-up) no tendrá derecho a aplicar el tipo impositivo reducido del 15%.
  • Si entre las personas socias de la empresa hay otras sociedades, y éstas venden sus participaciones, tendrán limitaciones en la aplicación de la exención por doble imposición en sus Impuesto sobre Sociedades.

¿Cómo saber si tu empresa es patrimonial?

Para averiguar si los valores y elementos no afectos de tu empresa superan el 50% del activo, toma como referencia la media de los balances de comprobación de sumas y saldos trimestrales del ejercicio (no el balance a 31 de diciembre).

Para el caso de que tu empresa sea la entidad dominante de un grupo mercantil, toma en consideración la media de los balances de comprobación de sumas y saldos consolidados, con independencia de que el grupo formule o no cuentas anuales consolidadas.

Entre los valores y elementos no afectos, no computes el dinero y los derechos de crédito procedentes de transmisiones de elementos afectos realizadas en el mismo ejercicio o en los dos anteriores; ni tampoco el dinero y los derechos de crédito que provengan del desarrollo ordinario de tu actividad económica.