A partir de 2026, todas las empresas que utilicen un sistema informático de facturación (SIF) deberán decidir si optan por el modelo “Verifactu” o “No Verifactu”. Pero ¿qué diferencia hay entre ambos y cuál resulta más adecuado para tu negocio?
Dos modalidades de SIF
Si tu empresa genera facturas mediante un software de facturación, a partir de 2026 dicho programa deberá cumplir con las nuevas normas diseñadas por la Agencia Tributaria para prevenir la manipulación contable y el fraude fiscal.
Para evitar sanciones, es importante que el proveedor de tu sistema de facturación emita una declaración responsable que certifique que el software cumple con los requisitos legales. Esta declaración debe aparecer claramente visible y de forma individual dentro del propio programa.
¿Qué es un sistema “Verifactu”?
En los últimos meses, los medios han puesto especial atención en los sistemas “Verifactu”. Estos programas se caracterizan porque, cada vez que se emite una factura, envían automáticamente un registro de facturación electrónico a la Agencia Tributaria. De esta manera, la administración recibe información sobre las ventas de la empresa en tiempo real.
Sin embargo, es importante recordar que este tipo de SIF no es el único disponible. Si no deseas remitir tus datos de facturación en el momento de emitir cada factura, puedes optar por un SIF “No Verifactu”, que funciona de forma independiente y sin comunicación directa con Hacienda.
¿Y los sistemas “No Verifactu”?
Los sistemas “No Verifactu” no envían la información de facturación a la Agencia Tributaria. A cambio, deben cumplir con una serie de requisitos técnicos más estrictos que garanticen la integridad, seguridad y trazabilidad de los registros. Esto incluye, por ejemplo, que cada registro esté firmado electrónicamente para evitar su alteración.
El cumplimiento de estas condiciones recae sobre el proveedor del software, por lo que la empresa usuaria no debería tener complicaciones adicionales si utiliza un programa certificado.
¿Cuál conviene más?
Antes de decidir, conviene valorar los beneficios y desventajas de cada opción.
Los SIF no verificables ofrecen un mayor nivel de privacidad respecto a la información que maneja la Agencia Tributaria. No obstante, los sistemas “Verifactu” también presentan ventajas importantes:
- Mejor reputación ante los clientes: con “Verifactu”, las facturas incluirán un código QR que permitirá a los clientes verificar fácilmente si la factura ya ha sido comunicada a Hacienda. En cambio, esto no es posible con los sistemas “No Verifactu”.
- Menor carga administrativa: al enviar la información de forma automática, la Agencia Tributaria ya dispondrá de los datos de facturación, lo que reducirá el número de requerimientos o solicitudes de información a tu empresa.
Un SIF gratuito
Además, la Agencia Tributaria tiene previsto ofrecer un sistema informático gratuito en su página web, adaptado a las nuevas obligaciones de facturación. Esta opción puede resultar interesante para autónomos y pequeñas empresas que emiten pocas facturas al año y prefieren no invertir en un software comercial.
Eso sí, este programa gratuito será, en principio, de tipo “Verifactu”, por lo que enviará los registros de facturación directamente a Hacienda.