En la actividad diaria de cualquier empresa, uno de los problemas más habituales es la existencia de clientes que no atienden sus pagos. A la pérdida económica derivada del impago se suma, además, el IVA correspondiente a las facturas ingresado previamente. Sin embargo, la normativa permite recuperar dicho impuesto siempre que se sigan determinados procedimientos y plazos.
¿Cuándo puede recuperarse el IVA de una factura impagada?
Si una factura permanece sin cobrar, la empresa acreedora puede modificar la base imponible y recuperar el IVA repercutido. Con carácter general, este trámite puede iniciarse una vez transcurrido un año desde el devengo de la operación. No obstante, las empresas con un volumen de facturación inferior a 6.010.121,04 euros anuales pueden adelantar este proceso y comenzar las actuaciones a partir de los seis meses.
Es importante tener en cuenta que, una vez cumplido el plazo correspondiente, existe un periodo limitado para formalizar la rectificación, por lo que conviene actuar con rapidez y contar con un adecuado seguimiento de los créditos pendientes.
¿Qué ocurre si el cliente entra en concurso de acreedores?
La situación cambia cuando el deudor es declarado en concurso. En estos casos, la empresa acreedora no puede esperar a que transcurran los plazos ordinarios, sino que debe adelantar las actuaciones para recuperar el IVA.
Entre las obligaciones más relevantes destacan:
- Emitir una factura rectificativa dentro de los tres meses siguientes a la publicación del auto de declaración de concurso.
- Remitir dicha factura al deudor y, además, facilitar una copia al administrador concursal.
- Comunicar la modificación a la Agencia Tributaria mediante el formulario habilitado en la Sede Electrónica en el plazo de un mes desde la emisión de la factura rectificativa.
El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos puede impedir la recuperación del impuesto, por lo que resulta esencial controlar los plazos con precisión.
La importancia de vigilar la situación de los clientes
Aunque el administrador concursal tiene la obligación de informar a los acreedores de la apertura del procedimiento concursal, en ocasiones esta comunicación puede demorarse. Si ello ocurre, existe el riesgo de que la empresa acreedora no disponga de tiempo suficiente para realizar los trámites exigidos por la normativa.
Por este motivo, cuando existan indicios de dificultades económicas en algún cliente, es recomendable realizar comprobaciones periódicas en las fuentes oficiales donde se publican los concursos de acreedores. De esta forma se puede detectar con antelación cualquier procedimiento concursal y actuar dentro de los plazos legalmente establecidos.
Accede al Registro Público Concursal en este enlace.
Conclusión
Los impagos no solo afectan a la liquidez de la empresa, sino que también pueden suponer un coste fiscal adicional si no se gestionan correctamente. La legislación ofrece mecanismos para recuperar el IVA ingresado en facturas que finalmente no se cobran, pero exige cumplir estrictamente los requisitos y plazos previstos. Por ello, mantener un control permanente de los saldos pendientes y reaccionar con rapidez ante posibles situaciones concursales resulta fundamental para proteger los intereses de la empresa.



